La Contratación Pública de Software con IA, por María Pilar Batet.

En este post comparto mi participación en el curso «Inteligencia artificial en el sector público: problemas y soluciones a través de casos de uso», celebrado en Valencia los días 3 y 4 de abril de 2025.


La adquisición de tecnologías basadas en Inteligencia Artificial (IA) por parte de las Administraciones Públicas requiere de una estrategia clara y bien definida. Este artículo analiza las opciones disponibles, los desafíos asociados y las recomendaciones clave para llevar a cabo una contratación eficiente y alineada con la normativa vigente y, especialmente, para la seguridad de los datos sensibles que se puedan utilizar.


Opciones para la Adquisición de Software con IA.


Existen dos opciones principales para la adquisición de soluciones de IA:


1. Plataforma ya comercializada en el mercado:


   – Ventajas: menor coste a corto plazo y mayor inmediatez en la implementación del servicio.
   – Inconvenientes: genera dependencia tecnológica con el proveedor, lo que limita la flexibilidad futura. La cautividad tecnológica limita la capacidad de cambio una vez transcurrido el plazo del contrato. 
   – Medidas recomendadas: priorizar modelos on-premise (servidores propios) para asegurar la aplicación de fuertes medidas de seguridad y que permite conocer de forma inmediata una posible fuga de datos, a fin de poder mitigarla.


2. Plataforma nueva o mejorada:


   – Ventajas: La compra pública de innovación permite desarrollar soluciones adaptadas a las necesidades específicas de la Administración. Comprende tanto la utilización de procedimientos sin I+D como procedimientos con I+D (compra pública pre-comercial o asociación para la innovación).

Permite implementar medidas de seguridad y control más robustas para asegurar el control total sobre los datos y algoritmos.

– Inconvenientes: Implica un mayor coste inicial y tiempos de implementación más prolongados.

– Medidas recomendadas: 

La utilización de las Consultas Preliminares al Mercado. El artículo 115 de la LCSP permite realizar estudios de mercado y consultas a operadores económicos con el objetivo de preparar correctamente la licitación e informar a los operadores sobre los requisitos específicos. Esta práctica promueve la integridad del proceso y permite conocer la madurez tegnológica del mercado y determinar el procedimiento más adecuado para la adquisición de IA.

Realizar las actividades exclusivamente sobre el repositorio oficial de la Administración, entre otros aspectos, para evitar fugas de información confidencial o sensible.

Se deben regular adecuadamente los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial (DPII).

    Cumplimiento Normativo

    La contratación de IA por parte de las Administraciones Públicas debe cumplir con los marcos regulatorios existentes en cada momento, destacando el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y Reglamento Europeo 2024/1689 de 13 de junio de 2024.

    Recomendaciones

    – Fomentar la compra conjunta: implementar mecanismos de coordinación entre Administraciones para optimizar recursos.

    – Utilizar consultas preliminares previamente a la adquisición: permiten diseñar licitaciones más eficientes y adaptadas a las necesidades reales.

    – Garantizar el cumplimiento normativo y promover algoritmos comprensibles y transparentes. Los algoritmos deben ser auditables para asegurar su integridad y transparencia.

    – Definir claramente las políticas de gestión del código fuente y su repositorio es esencial para asegurar la transparencia, integridad y seguridad del software desarrollado con IA en la administración pública.